En la provincia de Buenos Aires los municipios son regulados por la “Ley orgánica de municipalidades” y entre sus atribuciones está la de percibir “tasas y tarifas” municipales. Esta semana una novedad judicial que emana de la Corte Suprema de Justicia despertó la preocupación de intendentes de todos los colores políticos: allí se elabora un fallo sobre el reclamo de una multinacional hacia el municipio de Quilmes, por el cobro de la tasa de Seguridad e Higiene de varios años.

Se trata de una acción iniciada por la empresa ESSO Petrolera Argentina SRL contra la Municipalidad de Quilmes. Según argumenta la empresa, la tasa fue cobrada entre 1996 y 2002 en base a los ingresos brutos que la firma declaraba en toda la provincia y no sólo por sus sucursales asentadas en Quilmes. Si bien la discusión parece técnica, un fallo de la Corte en contra del criterio aplicado por el municipio pone en cuestión las distintas modalidades de cobro de tasas del resto de las administraciones locales bonaerenses y, para muchos intendentes, atenta contra la autonomía.

La decisión está en manos de los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. El juez Carlos Rosenkrantz se excusó de intervenir en la causa.

Con una de cal y otra de arena, la Corte validó la autonomía municipal esta semana al resolver que el municipio de Arroyito, en Córdoba, es autónomo para definir el cierre de los comercios los días domingo, en contra de lo que pedía el propietario. La decisión del tribunal sienta jurisprudencia para un caso similar que enfrenta a Coto y Carrefour con la ciudad de Rosario, y puede también convertirse en un antecedente de la causa que enfrenta a Axion con la Municipalidad de Quilmes.

El resultado de este caso es determinante para la economía y la política. Los integrantes de la Asamblea que reformó la Constitución en 1994 indicaron que las provincias deben coordinar el ejercicio de los poderes de forma tal que se garantice «el mayor grado posible de atribuciones municipales». Y agregaron que «las leyes provinciales no solo deben imperativamente establecer reglas para los municipios”, sino que «no pueden privarlos de las atribuciones mínimas necesarias para desempeñar su cometido».

Los jefes comunales del Frente de Todos Gustavo Menéndez (Merlo), Ariel Sujarchuv (Escobar) y Fernando Gray (Esteban Echeverría) se pronunciaron a favor de la autonomía municipal, considerando que si la Justicia le da la razón a Exxon amenaza el poder de decisión de los municipios.

El mayor problema, coinciden los jefes comunales, es que la autonomía municipal es reconocida por la Constitución Nacional pero no por la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, que le traslada a los municipios las competencias pero no los recursos.

Con la ley actual, los municipios no pueden pedir préstamos al exterior sin autorización de la Provincia, por ejemplo. Pero sí pueden fijar criterios para cobrar sus tasas: ¿qué pasaría si un fallo judicial pusiera en duda esta herramienta? Para los intendentes, el desfinanciamiento.

En el caso Exxon la Suprema Corte bonaerense ya había fallado a favor del municipio. Resta la decisión de la Corte nacional, que podría sentar un grave antecedente.

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