También habilitó el uso para todos los ciudadanos sin necesidad del permiso.
El transporte público estaba restringido desde el inicio de la cuarentena, en marzo de 2020 y, desde entonces, se necesitaba un permiso para circular. A pesar de poner fin a la restricción para los usuarios no esenciales, el Ministerio de Transporte indicó que mantendrán las limitaciones en el aforo de hasta 20 personas paradas. La medida se da a partir de que «el AMBA dejó de estar en situación de alerta epidemiológica o sanitaria y pasó a riesgo medio», justificó la cartera de transporte.
De esta manera, el Ministerio recomendó a las empresas prestatarias de los servicios «garantizar la máxima frecuencia de sus vehículos”. Junto a ello agregó que podrá preverse el inicio de los recorridos en lugares de gran aforo de usuarios, tomando en cuenta la disponibilidad de vehículos y personal de conducción habilitados, y contar con una correcta ventilación del vehículo motorizado.
También recomendó dar estricto cumplimiento a los protocolos: extremar los recaudos para la desinfección e higiene del transporte en particular y exigir el uso obligatorio de elementos de protección tanto fuera como dentro del vehículo.
En función de lo determinado en el último DNU, en caso de haber un aumento de casos, originado por ejemplo a raíz de una creciente circulación de la variante Delta, se dará marcha atrás hasta que sanitariamente estén dadas las condiciones de regreso.
Desde MOQSA señalaron que «Seguirán lo indicado por el Gobierno» y que «esperaban un gradual regreso a la normalidad». Además, detallaron que «la única excepción estará dada dentro de los horarios en los que se experimente un mayor requerimiento del servicio y ante el exceso de demanda, donde podrá ampliarse hasta 20 pasajeros y pasajeras de pie».
En sintonía con esta medida, el Gobierno también habilitó el aforo de 80 % en los trenes y colectivos de media y larga distancia.
Según la Resolución 289/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Transporte, Alexis Guerrera, la medida beneficia principalmente a las empresas que operan “los vehículos afectados a la prestación de servicios de transporte automotor interurbano”.
Además, la nueva normativa establece que los micros de las categorías «Común», «Común con Aire» y «Semi Cama» podrán tener una ocupación de hasta el 80% de sus butacas disponibles. Asimismo, los buses de categorías «Cama Ejecutivo» y «Cama Suite» estarán autorizados a circular con “plena ocupación”. En ningún caso se permitirá que haya personas viajando «de pie».
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