Este contexto de crisis obligó a la Cámara de Diputados a aprobar por mayoría la ley de alquileres, y todo está encaminado para que sea aprobada en Cámara de Senadores.
Al respecto, los martilleros de Berazategui consideraron importante la modificación de ley de alquileres, pero cuestionaron la extensión de los contratos de dos a tres años (que se aplica debido a la inestabilidad económica), el mismo tendrá una actualización anual, y en base al índice que combina 50 % de inflación y 50 % de evolución de salarios.
«Estamos aguardando cómo va a funcionar la ley de alquileres en Provincia de Buenos Aires, que es muy distinta a la situación de Capital Federal. Nosotros, tenemos un negocio en el conurbano, no llegamos a cobrarle el 50 %, porque la gente no puede, no llega con el salario que tiene; entonces cerramos por un 30 %. Si se llega a aplicar la ley y extender un año más, el propietario no va a tener ganancia, por ende, no estará incentivado en poner una vivienda en alquiler», explicó Anselmo (martillero de la Inmobiliaria Mauricio Rimatori).
» La ley tiene que tener en cuenta la convivencia, porque en la teoría está perfecto, pero en la práctica las cosas son distintas. No sólo tiene que proteger a una parte de la mesa de negociación que son los inquilinos, sino que el beneficio tiene que ser también para el propietario y las inmobiliarias», opinó el martillero.
Otro tema, que genera incertidumbre, es quién deberá hacerse cargo del pago de las comisiones inmobiliarias a partir de la aplicación de la nueva legislación. ¿El propietario o el inquilino? La nueva ley determina que los honorarios del corredor inmobiliario, no podrán quedar a cargo del inquilino en las propiedades con destino habitacional.
«Los honorarios del 4 % del monto total, en vez de abonarlo el inquilino como hasta ahora, lo va a pagar el propietario. Hasta ahora, la normativa es que ambas partes deben abonar la comisión», indicó la martillera Cynthia Domínguez.
Y agregó: «En capital se traslada los honorarios al valor del alquiler, o las inmobiliarias se quedan con el primer mes. En Provincia de Buenos Aires tendríamos que hacer lo mismo, y hay tendríamos un problema con el propietario, para ponernos de acuerdo».
Asimismo, la ley presenta otras opciones de garantía y detalla «puede ser otro inmueble, un aval bancario, un seguro de caución, un recibo de sueldo, certificado d ingresos u otros medios». De esa manera, el locatario propondrá al menos dos opciones y el locador deberá aceptar alguna, siempre que la misma cubra eventualmente las obligaciones del contrato.
En este sentido, los martilleros asentaron: » Me parece una buena opción, porque muchas veces no tiene nadie que sea garante, entonces, por ejemplo, con un recibo de sueldo, ya puede acceder a un alquiler».
También, el proyecto establece que los contratos deberán ser declarados ante la AFIP, en un plazo máximo que dispondrá el organismo. Por otro lado, se creará un Programa Nacional de Alquiler Social, focalizado en darles solución a personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, de violencia de género.
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