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Acreditación de pagos abreviada para las estaciones de servicio | lapalabradeberazategui.com.ar

Las mismas, próximamente, deberán tener acreditado en un plazo de cinco días hábiles el importe de las ventas efectuadas en un pago con tarjeta de crédito, en lugar de los ocho días que rige en la actualidad.

La reducción de plazos fue estipulada por el Directorio del Banco Central dentro de los acuerdos de precios y estará vigente a partir del 15 de octubre, siempre que los comercios acepten esos pagos a través de un adquirente.

El resto de los plazos de acreditación de pagos con tarjeta de crédito continúan siendo de ocho días hábiles para quienes revisten la condición de micro o pequeña empresa y/o fueran personas humanas (salvo que encuadren en la actividad de «estaciones de servicio y bocas de expendio»; 10 días hábiles para aquellos categorizados como medianas empresas y aquéllos cuya actividad fuera «servicio de alojamiento, turismo, gastronomía y/o salud»; y 18 días hábiles para los demás casos.

Recordemos que, a comienzos de año, propietarios de estaciones de servicio habían amenazado con dejar de aceptar pagos con tarjetas de crédito dadas las demoras en la acreditación del dinero, entre otras razones. Y aun no tuvo solución el pedido que las empresas hicieron acerca de la reducción de las comisiones que pagan por los servicios de cobro por tarjeta.

Igualmente, logro resolverse el acortamiento de los plazos de acreditación que era un reclamo de larga data por parte de los estacioneros. Desde la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines de la República Argentina (Cecha) habían impulsado varios pedidos formales al Gobierno nacional pidiendo medidas que agilizaran los procesos, sobre todo dentro de un escenario de inflación creciente, que licúa sus ingresos.

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