Los anticipos son pagos a cuenta de determinados impuestos. En el caso de Ganancias, la AFIP exige a los contribuyentes abonar, a lo largo del año, montos por adelantado que luego serán descontados del impuesto principal. Vale destacar que Ganancias es un tributo anual. O sea se impone la necesidad de abonar un anticipo extra, por el alza del precio internacional de alimentos y energía. Con la medida pretenden recaudar unos 250 mil millones de pesos aproximadamente.

Este adelanto abarca a empresas cuyo impuesto determinado sea superior a los $300 millones, se les pide que adelanten el 25% de la alícuota y también a los de $100 millones, que adelantarán el 15% de la alícuota. El universo de empresas alcanzadas es inferior al 1% del total de las personas jurídicas que presentan las declaraciones juradas del impuesto, pero generó muchísimas críticas.

Para calcular los anticipos, se toma como base el impuesto a pagar del período 2021que venció en julio 2022, para personas humanas.  AFIP estima que el contribuyente obtendrá por lo menos la misma ganancia durante el período 2022 y calculará 5 anticipos iguales.

Por su parte, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) solicitó a la AFIP suspender este anticipo adicional del impuesto a las Ganancias. La entidad se sumó así a la UIA, que también alertó sobre el impacto negativo que puede tener esta medida en las empresas.

La Cámara de Comercio envió una carta al titular de la AFIP, Carlos Castagneto, en la cual aclaró que «los montos establecidos para encuadrar en la obligación de ingresar el anticipo adicional (de $100 millones de impuesto o $300 millones de resultado impositivo) no involucran a un pequeño grupo de grandes empresas, sino que afectarán a numerosas firmas, incluyendo al segmento PyME, en un contexto económico financiero especialmente complicado».

Al mismo tiempo, señaló que el organismo no considera «la existencia de capacidad contributiva, deviniendo en exceso de las facultades que la ley otorga a la AFIP, toda vez que pierde la naturaleza de anticipo del tributo que se deberá pagar por el ejercicio para convertirse en un empréstito forzoso y gratuito».

Calificaron este anticipo como «inconstitucional ante la vulneración de los principios de capacidad contributiva y derecho de propiedad» y explicaron que a eso «hay que agregarle que constituye, por el efecto del proceso inflacionario y su aplicación actual, una utilización de recursos propios de próximos ejercicios, alterando, en la práctica, la legislación en materia presupuestaria».

La entidad rechazó que se ponga la totalidad del ajuste que requiere la economía nacional en la cabeza del sector privado, en este caso como un virtual empréstito gratuito para determinados contribuyentes que «disminuirá su capacidad de producir, invertir y dar empleo».

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