La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó la medida cautelar que había suspendido durante 60 días la aplicación de la ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires, considerando que una decisión provisoria no puede frenar con alcance general una norma sancionada por el Congreso. La resolución, dictada este martes por los jueces Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberbi, anuló la orden de la jueza Marta Pascual, quien apenas dos días después de que la normativa entrara en vigencia decidió frenarla preventivamente.

La ley 27.801 fue sancionada el 27 de febrero de 2026, publicada el 9 de marzo y estableció su entrada en vigencia 180 días después, lo que la hizo efectiva el 5 de septiembre. La nueva legislación disminuye la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años, permitiendo procesar judicialmente a jóvenes de esa franja etaria por delitos tipificados en el Código Penal.

La jueza Pascual había justificado la suspensión argumentando problemas estructurales en el sistema. Según su resolución, existen deficiencias de infraestructura, alimentación, agua potable, educación y formación profesional, además de situaciones de hacinamiento en los centros de privación de libertad bonaerenses. Su decisión surgió de un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en beneficio de los adolescentes privados de libertad.

Sin embargo, la Cámara rechazó este razonamiento. Los camaristas consideraron que un juez no puede dejar sin efecto de manera general una norma sancionada por el Congreso mediante una decisión provisoria, invocando el principio de división de poderes. Señalaron que las leyes regularmente sancionadas cuentan con presunción de legitimidad y que los tribunales no pueden dejar de aplicar una norma vigente por considerar inconvenientes sus consecuencias, especialmente en decisiones vinculadas con la política criminal.

La ley derogó el régimen anterior de la ley 22.278 e incorpora a los jóvenes de 14 y 15 años, modificando las reglas aplicables a los delitos y las escalas penales. Más allá de la reducción de la edad de imputabilidad, la legislación contempla medidas de acompañamiento, penas alternativas y herramientas orientadas a la educación y la reinserción social.

La decisión judicial generó una polémica considerable. La asociación civil Usina de Justicia presentó una denuncia contra la magistrada Pascual por los presuntos delitos de usurpación funcional y abuso de autoridad. Con la revocación de la suspensión, la ley 27.801 vuelve a estar plenamente en vigencia en la provincia de Buenos Aires y en todo el país, completando la reforma penal juvenil más importante de los últimos cuarenta años.

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